El feliz día de pensar en cómo formalizar vuestra unión ha llegado. Sin embargo, debemos saber qué tipo de alianza es la más adecuada para nosotros en función de nuestros intereses, si bien el matrimonio o la pareja de hecho.
Similitudes entre el matrimonio y la pareja de hecho
Para ambos procedimientos debemos mantener una relación de afecto con nuestro cónyuge. Es aconsejable haber convivido con la persona con tal de saber que nuestra relación es lo suficientemente estable como para no romperse al poco tiempo de celebrarse la unión legal. Para celebrar la boda o la confirmación legal de la pareja de hecho deberemos presentar la documentación necesaria ante el juzgado y para ambos procedimientos firmaremos un documento en frente de nuestros testigos y el notario.
En cuanto a los derechos y obligaciones de la pareja de hecho y el matrimonio convencional, los hijos deben ser tratados del mismo modo bajo ambos procedimientos legales, es decir, padre y madre deberán tomar plena conciencia de la responsabilidad de educar y cuidar a sus hijos y mantenerlos económicamente como es debido. Otra similitud entre la boda y la pareja de hecho es que si uno de los integrantes de la pareja fallece el otro puede tener los derechos sucesorios (aunque esto no es así en todas las Comunidades Autónomas para las parejas de hecho).
Por lo tanto, debemos tener en cuenta que la pareja de hecho tiene menos derechos reconocidos que el matrimonio y, sobre todo, en algunas Comunidades Autónomas estas diferencias son más grandes. Debemos conocer estas discrepancias en concreto con tal de escoger la mejor unión legal para nuestra pareja en concreto.
Diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho
La pareja de hecho necesita demostrar que ambos han convivido un cierto período de tiempo, entre uno y dos años dependiendo del lugar donde se celebre el evento, y puede que deba demostrar también que existe una relación de afecto entre ellos a través de testigos y cuentas bancarias. No obstante, para el matrimonio no es necesario demostrar que la pareja ha convivido y tampoco se necesitan testigos que verifiquen que el amor entre ellos es real (a no ser que sea obvia que la unión es fraudulenta, ya sea por motivos económicos o por enfermedad mental de uno de los integrantes de la pareja).
Aunque ambas parejas tienen los mismos derechos y obligaciones verso a los hijos, en el caso de que la pareja de hecho quiera adoptar va a tener que pasar por más burocracia a la hora de hacerlo que la que se unió en matrimonio. En algunas Comunidades Autónomas, como hemos mencionado anteriormente, las parejas de hecho no tienen derecho a heredar de su cónyuge si este muere. En cambio, tras la boda la pareja puede heredar de su marido o mujer se haya firmado o no una herencia antes de su fallecimiento.
El problema es que si uno de los integrantes de la pareja de hecho muere y no ha firmado testamento, los hijos o familiares directos serán los herederos legales y puede que no le toque nada al cónyuge. Por lo tanto, lo mejor es que si os decidís por la unión como pareja de hecho y no como matrimonio deberéis realizar un testamento en caso de que queráis que vuestra pareja herede vuestros bienes en caso de posible fallecimiento. La pensión alimenticia se adquiere con más facilidad tras haber realizado una boda que no firmando la pareja de hecho, ya que en este último caso si se desea se debe ir a juicio y realizar este pleito en concreto.
Otra diferencia es que la pareja de hecho no puede realizar la declaración de la renta en conjunto, pero la pareja que realizó la unión con el matrimonio sí tiene el derecho de hacerla. Aunque parezca que la pareja de hecho tiene menos ventajas también es cierto que el romper la unión es mucho más fácil que en el matrimonio. Sin embargo, si se tienen hijos se deberá pasar por el mismo proceso judicial del divorcio como tras realizar la boda.
Finalmente, si nos decidimos por la pareja de hecho debemos ser conscientes que el día de la unión solamente podrán asistir con nosotros al evento los cuatro testigos seleccionados, dos por cada parte de la pareja. Sin embargo, si nos decidimos por realizar una boda convencional podremos invitar hasta el número máximo de personas que permita el aforo de la sala donde se realice la unión legal. Esto no quita que la celebración tras la pareja de hecho o el matrimonio pueda ser la misma y podáis disfrutar de una bonita comida o cena con vuestros familiares y trataros con el mismo afecto y respeto para el resto de vuestra unión.